Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 318:2012 de la CSJN Argentina - Año: 1995

Anterior ... | Siguiente ...

nunciadas por los detenidos y sus familiares, así como por dependientes del Servicio Penitenciario provincial, los que decidieron al juez de la causa, al tribunal de alzada y a esta Corte a promover su investigación.

A fs. 603/608 declara José Luis Almeida y describe las condiciones dela vida en el penal. Aludea la calidad de la comida, ala carencia de carne, que es aprovechada por los oficiales y suboficiales que se la llevan, a la "compra" de pabellones, esto es, la posibilidad de obtener mediante el pago de una suma de dineroal personal (entre quinientos y seiscientos dólares dice el 15 de mayo de 1990) el pase a pabellones de"gentedela llamada buena o que tengan confianza entresí" (fs. 607).

En otros pabellones, agrega, "si mandaban a algún interno no conocido de ellos" —se refiere a quienes los ocupaban-— "tenía que pelear por sus der echos ya que caso contrario pasa a ser homosexual y tiene que cocinar, barrer y lavarlela ropa al resto y levantar se después de lista para realizar esas tareas y acceder a cualquier pedido para hacer uso sexual o cebar mate. La pelea para no perder los derechos cuando uno ingresa a un pabellón es a las trompadas y determinan si gana opierde sus derechos" (fs. 607). Explica que mediante el pago de 30.000 australes se permitía alos internos "tener relaciones sexuales con la esposa o concubina" en una sala de la escuela contigua a la iglesia y agrega: "también se puede comprar lonecesario para obtener una conmutación, es decir se negocia la celeridad en obtener testimonio de sentencia y cómputo" y concluye: "ahí adentro todo es negociable" fs. 608).

A esta declaración deben agregarse las denuncias de los propios agentes del servicio penitenciario, Bastitesa y Juárez, ya mencionadas, las de Sandra Elizabeth Espósito y Doncekoafs. 806/808 y 911 de la causa penal, y las prestadas en este juicio por familiares y amigos.

Noobstante, existen otras evidencias de las que es imposible pr escindir. A fs. 846, Blanca Avalos acompaña una carta que le había sido enviada por su hermano Ernesto Ezequiel Avalos, quien falleció en el siniestro, y que obra a fs. 847. En ella le pide con urgencia el envío de "una zapatilla N°42, Addida o Toper es para un oficial que yo tuveun problema con él, si yo no le doy parael vierne me tengo que comer una larga; una larga seledicea un castigo de 6 meses en busón; y si yo voy a busón no puedorecibir visita, pierdo mi trabajo, pierdo mi conducta y además me maltrata cuandoello quiere" (sic). A fs. 943 Blanca Ester

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

93

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2012 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-2012

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 318 Volumen: 3 en el número: 248 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos