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Fallos: 318:1008 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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EDESUR S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia.

Causas excluidas de la competencia federal. .

Corresponde a la justicia local continuar con la investigación iniciada a partir de la denuncia por falta de funcionamiento de un medidor si la empresa damnificada (Edesur S.A persona jurídica de carácter privado) se encuentra regida por disposiciones de derecho común y no surge de la ley regulatoria de la generación, transporte, distribución y demás aspectos vinculados con la energía eléctrica que se hubiera establecido una excepción a ese principio.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: La presente contienda de competencia entre el señor Juez a cargo . del Juzgado Federal de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, y el titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 8 de esa localidad, se refiere al conocimiento de la denuncia efectuada por Héctor Oscar Caamaño, en su carácter de representante de la empresa Edesur S.A. (fs. 1). , En ella relata que como consecuencia de una inspección realizada en el Centro. Médico de Rehabilitación Amenedo, pudo constatar la falta de funcionamiento del medidor correspondiente.

El Magistrado federal, por entender que la conducta denunciada no implicó la interrupción de un servicio público, único supuesto en que sí compete investigar a ese fuero, declinó su competencia en favor de la justicia local (fs. 66). .

Por su parte, el Juez provincial con base en que el Estado Nacional aún conserva una participación accionaria en la empresa y que, a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad ejerce cierta supervisión, no aceptó la competencia atribuida (fs. 68).

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1008 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-1008

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