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Fallos: 317:545 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Fuero de atracción.

El principio de accesoriedad 0 del fuero de atracción, regulado por el art. 136 de la ley 19.551, sólo juega para el supuesto en que la fallida sea demandada.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales.

De acuerdo a lo previsto por el art. 22 decreto 897/85, son de competencia federal las causas en que el INDER -Sociedad del Estado- resulta demandado.


ADRIANA ner. CARMEN MARINO DE GONZALEZ v. MARIA CRISTINA

MORDACCI DE ALONSO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades.

"No constituye sentencia definitiva ni equiparable a tal la que, al hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la querellante, revocó la decisión impugnada y condenó a la querella por el delito de injurias (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades. .

A los fines del art. 14 de la ley 48, debe reputarse definitiva la sentencia cuando, aunque sin serlo en estricto sentido procesal, media en el caso cuestión fede- ral bastante y se produce un agravio que, por su magnitud y por las circunstan- .

cias de hecho, podría resultar frustratorio de derechos constitucionales (Disidencia de los Dres. Ricardo Levene [h.], Julio S. Nazareno y Eduardo Moliné .

O'Connor) (2).

1) 24 de mayo. - 2) Fallos: 257:301 ; 265:326 ; 271:406 ; 272:188 ; 304:1817 . :

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:545 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-545

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