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Fallos: 317:1962 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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sal Civil y Comercial de la Nación). Asimismo se rechaza la demanda seguida contra los ccdemandados Suáres, Perretta y Delgado Vargas.

Con costas a cargo de la actora (artículo 68 citado). Notifíquese.

CArLos S. FAYr — RICARDO LEVENE (H).


DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON JuLIO S.
NAZARENO
Considerando: , 1) Que este juicio es de la competencia originaria de la Corte Suprema (artículos 116 y 117, Constitución Nacional).

2) Que a los fines de determinar la responsabilidad de los codemandados, es imprescindible examinar —dada la diversidad de los títulos en que la actora ha fundado su pretensión— en forma separada los distintos hechos y conductas que, según sostiene la actora, constituyen las causas que han generado la muerte de su padre.

3:) Que en autos ha quedado debidamente acreditado que en circunstancias en que Manuel Osvaldo Montiel efectuaba maniobras para retirar el camión F 600 chapa C 236.077 del interior del Club Almirante Brown, el señor Brescia quedó aprisionado entre el guardabarros delantero derecho del vehículo y un paredón de material. A raíz de ello fue trasladado al Hospital Lucio Meléndez, donde se le extrajeron placas radiográficas y después de algunas horas fue autorizado a retirarse a su domicilio, en el cual falleció a las 19 (ver declaración del conductor obrante a fs. 5 y a fs. 8/9 del expediente penal venido ad effectum videndi y agregado por cuerda; croquis ilustrativo de la policía de la provincia obrante a fs. 4 de dicho proceso). La misma secuencia de hechos es relatada por Ariel Eladio Boga- do, quien declaró a fs. 14 de la instrucción criminal, y se encuentra corroborada en este expediente con la declaración testifical de fs.

222 bis. .

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1962 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-1962

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