TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA
—N° 10— En Buenos Aires, a los 8 días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que la ley 24.121 crea un Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en Mar del Plata y el Poder Ejecutivo Nacional ha designado a los magistrados que se harán cargo del Tribunal.
Que esta Corte, mediantelas resoluciones Nros. 1335/92, 861/93, 872/93 y 1052/93 dispuso la creación de los cargos respectivos.
Que es propósito de esta Corte Suprema proveer lo necesario para asegurar la correcta prestación del servicio de justicia, por lo que el funcionamiento del tribunal oral mencionado constituye una prioridad insoslayable.
Por ello, Acordaron:
1 Disponer la habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata el día 14 de marzo del año en curso.
29 Encomendar a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata que reciba el juramento de ley a los señores magistrados Dres. Roberto Atilio Falcone; Mario Alberto Portela y Nestor Rubén Parra, designados por decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nros: 2061/93, 2641/93, 275/94 respectivamente, como así también al señor defensor ante el Tribunal Oral Dr. Alberto Jorge Cangiani designado por resolución del Ministerio de Justicia N" 667/93.
37 Dedarar feriado judicial para el Tribunal Oral habilitado por el término de siete días hábiles a partir de la fecha de su puesta en funcionamiento.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIo S. NAZARENO — CArLos S.
FAYr — AUGUSTO CÉSAR BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — EDUARDO MOLINÉ O'Connor — Rubén Héctor Gorría (Secretario).
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL DE TUCUMAN
—No11— En Buenos Aires, a los 9 días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,
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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:12
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