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Fallos: 316:509 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—— La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, el 1 dejulio de 1991, confirmó el fallo de primera instancia que rechazó la eximición deprisión solicitada en favor de Graciela Beatriz Daleo, en la causa N° 41.811 (fs. 34/38).

Contradicha decisión, la defensa interpusorecur so extraordinario que fue concedido parcialmente a fs. 84, en cuanto a la operatividad del indulto —Decreto 1089/89— que benefició a la encausada.

—l— Sostiene el recurrentela vigencia del referido Decreto en la medida en que noha sido derogado, ni declarado inconstitucional, hasta la fecha. Partiendo de dicha premisa, considera que el temperamento que adoptó oportunamente el magistrado de primera instancia, al admitir el rechazo del indulto sdicitado por Daleo y declarar prematuro su planteo de inconstitucionalidad, fue arbitrariamente interpretado por el a quo al sostener que la aceptación de dicho repudio, puesto de manifiesto por la propia beneficiaria, importó la inaplicabilidad del decreto 1089/89 con alcance permanente, por lo que resultaba en realidad abstracto el tratamiento de la tacha de inconstitucionalidad.

Dicho pronunciamiento implicó, según el apelante, una alteración del contenido y sentido de la decisión adoptada por el juez de grado, que había quedado firme, menoscabándose las garantías del debido proceso y de la incolumnidad del patrimonio (arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional).

Por otra parte, al sostener que el aludido Decreto conservaba su operatividad, la defensa afirma que la única forma de armonizar dicha circunstancia con las razones que invocara para impugnar el indulto concedido —el derecho a sostener su inocencia en el juicio que eventualmente llevea su absolución; que no se per donase a un inocente y la imposibilidad de que el Poder Ejecutivo se arrogase funciones

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:509 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-509

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