PABLO BALLESTER BIDAU
SUPERINTENDENCIA.
Para graduar la sanción a aplicar, deben tenerse en cuenta los antecedentes disciplinarios que registra el agente.
SUPERINTENDENCIA.
Corresponde sancionar con diez días de suspensión al oficial notificador que incumplió las prescripciones reglamentarias y no dejó las cédulas en los domicilios constituidos a que iban dirigidos, lo que suscitó un estado de indefensión para los abogados y litigantes que se vieron perjudicados por la falsa redacción de las actas respectivas.
RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de diciembre de 1993.
Visto el expediente de Superintendencia S- 1341/93 caratulado "Ballester Bidau, Pablo s/ Irregularidades en Diligenciamiento de cédulas", y Considerando:
19) Que a raíz de la denuncia formulada por la doctora Cristina Laura Costa (fs. 1/4), la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones practicó las diligencias tendientes a investigar la presunta comisión de irregularidades por parte del agente Pablo Ballester Bidau en el diligenciamiento de las cédulas que le fueron confiadas cl día 5/ 3/93.
21) Que de las constancias agregadas al expediente surge que el empleado no cumplió las prescripciones reglamentarias, pues está acreditado que no dejó las cédulas en los domicilios constituidos a que iban dirigidas (ver denuncia de fs. 1/4, 58, 60, 74 a 78, 83 y 92).
3) Que, en efecto, el examen de todas las cédulas diligenciadas en la fecha indicada en el inmueble sito en la Av. Corrientes 1327, demuestra que en cada una figuraba el piso y número de oficina, cir-.
cunstancia que desvirtúa Jas explicaciones vertidas por el oficial
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:3064
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