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Fallos: 316:2785 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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Igualmente, consideró sugestivo el ocultamiento que se había realizado de un aspecto de la historia clínica de Harris que figura a fs. 15 vta. de la causa penal, en cuanto de ella surge -sin perjuicio de que tal extremo fue relativizado por el dictamen del Cuerpo Médico Forense— que al ingresar al Hospital de Tigre al actor se le colocó sonda nasogástrica y vesical, comprobándose ingesta alcohólica. Ello le permitió valorar la conducta del actor sobre la base de lo dispuesto por el art. 163 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y concluir en que esos aspectos conforman elementos coadyuvantes respecto a la sin razón del planteo de la víctima.

Finalmente, descalificó lo informado por el consultor técnico de la parte actora dado que las deficiencias que éste habría constatado al margen de haberlo hecho cuatro años después de producido el evento— no tendrían en el caso un rol causal significativo.

51) Que el actor se agravia en cuanto el a quo no se pronunció respecto del recurso de nulidad interpuesto a fs. 285 contra la resolución que desestimaba el pedido de caducidad de la prueba testifical ofrecida por la empresa demandada. Igualmente, sostiene que omitió aplicar las normas del Reglamento Interno Técnico Operativo de Ferrocarriles Argentinos, las cuales imponen a la empresa y sus dependientes una serie de obligaciones incumplidas en la especie, entre ellas particularmente la de circular el tren con las puertas cerradas. Aduce, por otro Jado, que interpretó inadecuadamente las pruebas y, de tal modo, se apartó de los términos del art. 184 del Código de Comercio, en especial al no tener en cuenta la posibilidad de que la conducta de la víctima haya tenido una incidencia tan sólo parcial en la producción del evento dañoso. .

Se queja también de que el a quo haya reconocido eficacia probatoria a la declaración del testigo Alaniz, en razón de que —por su carácter de dependiente de la demandada, su participación en el evento y la contradicción en que incurre con relación a los dichos de otros empleados- sus dichos deben ser valorados en forma relativa.

Alega finalmente que no existió de su parte intención alguna de ocultar prueba y que si ello hubiese ocurrido, en nada habría influido en la responsabilidad de la actora.

62) Que el primero de los agravios debe ser desestimado, habida cuenta de que no surge de autos que el recurso de nulidad —cuya procedencia se encuentra subordinada a la interposición del recurso de

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2785 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-2785

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