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Fallos: 316:2299 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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res. Si el Estado tiene el poder de suprimir las expresiones supuestamente falsas o indignas, no podemos estar seguros de que ejerza ese poder con equidad, neutralidad y acierto. Además, nos oponemos a la idea de que nadie (dentro o fuera del Estado) sea competente para fijar qué es lo que debe suprimirse. Al suprimirse una idea, se confiesa que la idea opuesta es incapaz de sobrevivir por sí misma. Las ideas que necesitan la protección del Estado para sobrevivir son sospechosas. La supresión no es compatible con nuestra larga tradición, la cual se aferra a la idea de que las ideas positivas, las ideas válidas, no necesitan en su defensa a los censores del Estado.

Aunque la teoría mercantil de la ideas es muy poderosa, no es suficiente para explicar la protección que se da a la expresión apolítica. En primer lugar, la analogía mercantil adolece de un cierto defecto, puesto que sabemos que en la realidad el gobierno, de vez en cuando, interviene para corregir las imperfecciones que observa en el mercado. Si se reglamenta el mercado de la expresión de la misma manera que el mercado de los bienes, la analogía de la competencia puede resultar destructora para el principio de la libertad de expresión, en lugar de respaldarlo. Además, incluso si pasamos por alto o justificamos ese defecto teórico, le faltaría todavía algo a la teoría mercantil, puesto que no tiene en cuenta el valor de la palabra aparte de su función de transmitir información pura. Hay que recordar que algunas ideas son más poéticas que concretas.

Por lo tanto, necesitamos una tercera justificación, parte de los principios de estructura democrática y de competencia que también cimientan la libertad de expresión. Y es que protegemos la palabra porque la expresión es elemento esencial de la personalidad humana.

Lo que expresamos y cómo lo expresamos define, al menos en la superficie, nuestra identidad, nuestra comprensión de nosotros mismos, nuestra misma existencia. Amordazarme la palabra es denegarme la oportunidad de aprender y de ser quien soy y lo que soy. En un poema denominado "Carta de Testimonio", Octavio Paz expuso esta idea. Escribió:

Las palabras son inciertas y dicen cosas inciertas. Pero digan esto o aquello, nos dicen.

La expresión es central para que logremos conocernos e identifi"carnosa nosotros mismos.

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2299 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-2299

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