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Fallos: 316:2177 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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—2— Enlorelativo al caso en que resultaron damnificados Carlos Wagner y Norberto Domingo Duarte, entiendo que la prueba también es adversa al quejoso.

En ese sentido, tanto del contexto del hecho atribuido como de la declaración de Cano de fs. 173, ratificada a fs. 207 e incorporada al debate según constancia del acta de fs. 346/49 vta., surge que tampoco se trató de un hecho destinado a la represión del terrorismo o conectado con alguno que tuviese este objetivo. .

En efecto, en su exposición Cano afirma que la razón por la que instruyó un sumario en contra de Wagner y Duarte radicó en que pudo advertir el momento en que a este último se le cayeron del bolsillo de su camisa, tuercas del vehículo desmantelado, en cuyas proximidades fueran sorprendidos por dos agentes de policía.

Estos, —Florencio Ricardo Arce y Ramón Alberto Miranda, policías —_.

adscriptos a la delegación de Inteligencia de la Unidad Regional III también pusieron en evidencia —el primero en su declaración de fs.

218 y el segundo en la de fs. 217, ambas incorporadas al debate según constancia del acta de fs. 346/49 que el apresamiento tanto de Wagner como de Duarte, obedeció no a una pesquisa propia de tareas de inte" ligencia, sino a que, casualmente, los habrían sorprendido eñ el momento en que sustrafan piezas de un vehículo abandonado en la ruta n? 20, luego de lo cual los entregaron al cabo Eduardo José Cano.

Por otra parte, la afirmación del recurrente respecto de haber, asimismo, actuado en este suceso cumpliendo órdenes de sus superiores, se ve desvirtuada por las declaraciones de Humberto Valentino Maretta, 21 Jefe de la Brigada de Investigaciones, de la Unidad Regional III, que lucen a fs. 219 y vta. también incorporadas al debate conforme da cuenta el acta de fs. 346/49, donde sostiene que sólo tomó conocimiento de las detenciones, pero que la averiguación del hecho delictivo la conducía Cano.

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2177 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-2177

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