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Fallos: 316:1713 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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MARIA LINA JUANA AIMO ve MAQUIEYRA v. COLEGIO LINCOLN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Es descalificable la sentencia que hizo lugar al despido indirecto con fundamento en que, al haber dispuesto la empleadora —a consecuencia del hurto que se había producido- que se revisaran las pertenencias de la actora sin que tal medida se extendiera al resto del personal, se había menoscabado su dignidad personal, si la cámara se limitó a expresar una mera convicción subjetiva sin hacer ningún tipo de referencia a los planteos de las partes, a las concretas circunstancias de la causa y a las diversas pruebas producidas (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Generalidades.

Corresponde declarar la improcedencia del recurso extraordinario concedido, si la cuestión federal no ha sido introducida oportunamente en el proceso (Disidencia de los Dres. Ricardo Levene [h.] y Eduardo Moliné O'Connor).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que hizo lugar a la demanda por cobro de indemnización por despido indirecto (Disidencia de los Dres.

Ricardo Levene [h.] y Eduardo Moliné O'Connor).


BODEGAS y VIÑEDOS CHACRAS vr CORIA S.C.A. V. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

Siel recurrente no interpuso queja frente a la denegación parcial, la jurisdicción dela Corteha quedado abierta en la medida en que la cámara concedió el recurso.

1) 5 de agosto. . o

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1713 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-1713

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