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Fallos: 316:1010 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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elección de segundo grado se basa precisamente en el incumplimiento de la medida cautelar indebidamente dispuesta.

A ello cabe agregar, todavía, que para dictarla se ha violado groseramente el derecho de defensa que asegura el art. 18 de la Constitución Nacional, ya que la nulidad fue dispuesta con el solo pedimento de fs. 17/18, vale decir, inaudita parte, privando a los interesados de la facultad de sostener la validez de la elección; se ha incurrido en una nueva arbitrariedad, al hacer extensiva la protección indebidamente acordada a los electores demandantes a otro elector que no se había presentado en autos, puesto que la declaración de nulidad no se funda en la afectación del supuesto derecho de aquéllos sino del de éste; y se ha incurrido en un claro exceso de jurisdicción al declarar la caducidad del Colegio Electoral y de los mandatos de sus miembros, pretensión que nadie había deducido.

Porlo demás, esta segunda decisión esigualmente descalificable por contradictoria y por desbordar la función judicial asumiendo atribuciones políticas, ya que anular la elección de segundo grado y, a la vez, dar por finalizada la actuación del Colegio Electoral no sólo implica un contrasentido —si la elección no fuese válida, debería realizársela nuevamente, con lo que el Colegio no habría completado su misión— sino también poner fin a un proceso electoral sin haber llegado al punto final de éste, que es la elección del gobernador y el vicegobernador, asumiendo el rol de una suerte de superelector incompatible con la índole de la función judicial.

Por ello, se hace lugar al recurso interpuesto y se revocan las resoluciones recurridas.


AUGUSTO César BELLUSCIO.

DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:

19) Que por el decreto 43 del 29 de octubre de 1992, dictado por la Interventora Federal de la Provincia de Corrientes, se convocó a elec

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1010 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-1010

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