zada ha incurrido en una decisión autocontradictoria que la llevó a exceder el límite de su competencia decisoria con menoscabo de las garantías establecidas en los arts.
17 y 18 de la Constitución Nacional (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Contradicción.
— Corresponde dejar sin efecto la sentencia de cámara que admitió el planteo del ape lante atinente a la exclusión de los trabajos extrajudiciales de la regulación, no obstante que había considerado que el memorial respectivo resultaba extemporáneo.
RECURSO DE APELACIÓN. — Las potestades decisorias del tribunal de alzada se encuentran circunscriptas al conocimiento de aquellas cuestiones que hayan sido sométidas a su decisión, están dole vedado emitir pronunciamiento con respecto a las materias que, resueltas en primera instancia en contra del apelante, son excíuidas por ésté al interponer el recurso de apelación (2). .
SILVIA SUSANA PICCINI y OTRO v. PROVINCIA DE LA RIOJA: y OTRO
DAÑOS Y PERJUICIOS: Prueba.
Recae sobre la demandada la necesidad de acreditar, según lo dispone el art. 1113, . segundo párrafo, del Código Civil, la culpa del conductor del rodado de la contraparte para procurar su exculpación.
DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Generalidades. Debe presumirse que en estado de intoxicación aguda, por ingestión de bebidas "alcohólicas, no se goza del control adecuado del elemento peligroso que se conduce:
el automotor. .
, (1) 14 de octubre. Fallos: 313:528 . Causa: "Fisco Nacional (D.G.1.) c/ Daglio, Eduardo Alfredo", del 31 de marzo de 1992.
2) Fallos: 314:725 .
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2469
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