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Fallos: 315:2222 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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3S -

CATRILGUECAY S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

Procede el recurso extraordinario contra el pronunciamiento que declaró mal con cedido el recurso local de inaplicabilidad de ley, si tal decisión frustra la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación idónea suficiente, lo que se traduce en una violación de la garantía del debido proceso consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que declaró mal concedido el recurso local de inaplicabilidad de-la ley sobre la base del carácter no definitivo del fallo recaído en un incidente de revisión, sin hacerse cargo de lo expuesto por el apelante en cuanto a que la decisión impugnada, al no poder ser revisada por otra vía, produce los efectos de la cosa juzgada formal y material.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

Constituyen sentencias definitivas las decisiones recaídas en incidentes de revisión y de verificación de créditos en los procesos concursales, cuando se demuestra que lo decidido causa un agravio de imposible o difícil reparación ulterior (2).

" RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias. . .

Carece de significación, para negar el carácter de sentencia definitiva, la circunstacia de que se trate de un incidente tramitado en el contexto de un proceso concursal, pues ello no priva de singularidad a-la contienda cuya resolución produce los efectos de la cosa juzgada en lo concerniente al crédito en discusión (art. 38, ley 19.551), con prescindencia de las alternativas del proceso universal (3).

(1) — 6 de octubre.

2) Fallos: 310:2833 . Causa: "Casa Paletta S.A.", del 27 de junio de 1985. .

3) Fallos: 308:1250 . . .

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2222 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2222

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