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Fallos: 315:2038 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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315 tes medios y el contenido de la expresión, dispusiese, por ejemplo, sobre el modo u horarios de difusión, la calificación o advertencias del material a exponerse como deriva del inc. 4. del art. 13, del Pacto cit.

Por lo que se há expresado, en el párrafo anterior, parece evidente que las singularidades de cada instrumento de difusión y la variedad del géne+ ro de las "ideas", imponen que la elaboración jurisprudencial, incluso de una Corte de garantías constitucionales, deba guardar una estricta limitación y apego a las concretas circunstancias de la causa.

27) Que el segundo señalamiento anunciado se vincula con el carácter humorístico que, al parecer, tendrían los pasajes censurados por el a quo, elemento a partir del cual podría considerarse que tal tipo de expresión está fuera del ámbito del art. 14 de la Constitución.

La respuesta ha de ser concluyente. Descartar a discursos de esa índole sólo podría fundarse en argumentos propios del mismo género literario.

Tal interpretación solamente podría ser hija de otros tiempos y otras circunstancias en las que floreció y medró la represión que llevó a convertirse en un triste hábito de los argentinos.

Baste, para refutar tamaña "inteligencia", rememorar las eruditas con clusiones de Werner Jaeger sobre la comedia de la Grecia clásica: La comedia ática "nació de la burla más o menos inofensiva contra individuos particulares, Pero sólo alcanzó su verdadera naturaleza con la entrada en la arena pública de la política. Tal como la cónocemos en la plenitud de su florecimiento, es el producto más auténtico de la libertad de palabra demo-—° crática. Ya los historiadores de la literatura del helenismo reconocieron que el crecimiento y la caída de la comedia política coinciden con los del esta do ático... No se limitó a los asuntos políticos en el sentido actual y limitado de la palabra, sino que abrazó todo el dominio de lo público en el sentido griego originario, es decir, todos los problemas que en una u otra for- .

maafectan a la comunidad" ("Paideia", FCE, México, 1980, p. 330).

Desde Aristófanes y quizá antes, la sátira social y política ha sido un elemento sustantivo del universo cultural al que se suele denominar "Occidente". Nuestro país no exceptúa a esta regla, según dan cuenta -entre — otras- las variadas manifestaciones gráficas que, en el siglo pasado y enel presente, cultivaron el género del humorismo político caricaturesco.

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2038 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2038

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