Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.- RICARDO Levene (H) - MARIANO AuGUSTO
CAVAGNA MARTÍnez - Roporro C. BARRA - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S.
NAZARENO - EDUARDO MoLINE O'Connor - ANTONIO BuGGIANO - Claudio Marcelo Kiper (Secretario).
CORTE SUPREMA. SECRETARIOS PRIVADOS. -
N" 39- En Buenos Aires, a los 1 días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, .
CONSIDERARON: .
Que esta Corte, en su actual composición, estima necesario reglamentar la situación de quienes desempeñan las funciones de secretarios privados de los Ministros del Tribunal.
En virtud de ello, y previo intercambio de opiniones,
ACORDARON:
1) A los oficiales superiores de primera que se desempeñan como secretarios privados de los Ministros de la Corte Suprema, transcurridos cinco años desde su designación, y a propuesta del correspondiente ministro, el'cargo se les transformará en el de prosecretario administrativo. 2) Cumplidos diez años desde esta última transformación, y también a propuesta del ministro de quien dependa, el cargo se convertirá en el de prosecretario jefe.
3) A fin de evitar desigualdades -susceptibles de producirse respecto de quienes, con mayor antigiledad en el Poder Judicial, son designados luego como secretarios privadoslos plazos previstos en los puntos 2 y 3 se podrán completar computando cada dos años de antigiedad anteriores a la designación como secretario privado, como uno de antigtiedad enel cargo. 4) Si el personal comprendido en la presente acordada pasara a cumplir otras funciones, ingresará al escalafón con el cargo que en ese momento tuviera.
5) La Secretaría de Superintendencia Judicial deberá efectuar las modificaciones de cargos correspondientes, para la aplicación de lo dispuesto.
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1142
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