DE JUSTICIA DE LA NACION - 1015 us
SALUD PUBLICA.
Dado que la responsabilidad última y principal atribuida por la ley nacional 22990 al profesional médico especialista en hemoterapia obedece a la intención de extremar la protección de la persona e imponer con el carácter de orden público el máximo de control en el manejo terapéutico de todo lo vinculado con la obtención de la sangre humana, ello no puede verse enervado por el ejercicio por las provincias de sus facultades concurrentes. —
PROVINCIAS.
Las provincias han conservado competencias diversas de orden institucional, tributario, procésal y también de promoción general, estas últimas particularizadas en el art. 107 de la Constitución Nacional. Entre esos poderes se encuentran compren didos los de proveer lo conveniente a la seguridad, salubridad y moralidad de sus vecinos (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
PODER DE POLICIA.
En el llamado poder de policía se halla incluida la facultad de reglamentarel ejer- cicio de las profesiones liberales, con la limitación natural que establece el art. 28 de la Constitución, la razonabilidad de la norma y el necesario respeto de la igualdad, excluyente de ilegítima discriminación (Voto del Dr. Eduardo Moliné .
O'Connor).
REGLAMENTACION DE LOS DERECHOS. -
No puede considerarse alterado un derecho por la reglamentación de su ejercicio, cuando se le imponen condiciones razonables (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).
REGLAMENTACION DE LOS DERECHOS.
La reglamentación del ejercicio de un derecho no resulta razonable si ha sido lle- 7. vadoalextremo de constituir una prohibición, destrucción o confiscación (Voto del Dr, Eduardo Moliné O'Connor).
PROVINCIAS. . -
El legislador nacional puede dictar normas sobre aspectos de las actividades inte riores de los estados provinciales con el objeto de fomentar el bienestar general por encima de esos límites y en la medida en que a tales fines fuera necesario, en cuyo caso aquellos carecen de facultades para impedir o de cualquier manera controlar
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1015
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