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Fallos: 314:682 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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NISA DIEZ pr DIEZ Y Otros v. ARMANDO JOSE JACOBO y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Corresponde rechazar la queja por ser inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que no hizo lugar a la acción de desalojo y cobro de daños y perjuicios, fundada en la violación por los locatarios de la prohibición contractual de transferir la tenencia del inmueble: art. 280 del Código Procesal.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias.

La circunstancia de que los agravios del apelante remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba y derecho común y procesal, no es óbice para invalidar el fallo que, prescindiendo de efectuar un tratamiento adecuado de la controversia rechazó la acción de desalojo y cobro de daños y perjuicios fundada en la violación por los locatarios de la prohibición contractual de transferir la tenencia del inmueble Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio y Eduardo Moliné O'Connor).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Corresponde dejar sin efecto el fallo de cámara que revocó el de primera instancia y rechazó la acción de desalojo y cobro de daños y perjuicios fundada en la violación por los locatarios de la prohibición contractual de transferir la tenencia del inmueble, considerando que se trataba de una "prohibición relativa" que sólo autorizaba al locador a percibir el 20 de la llave, pues ha violado el principio procesal de congruencia, al introducir una cuestión ajena a la Ziris, en tanto los locatarios habfan negado la existencia de la cesión en cuestión (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio y Eduardo Moliné O'Connor).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Defectos en la fundamentación normativa, .

Corresponde dejar sin efecto el fallo que interpretando erróneamente el claro alcance decláusulas contractuales rechazó la acción de desalojo y cobro de daños y perjuicios fundada en la violación por los locatarios de la prohibición contractual de transferir la tenencia del inmueble (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio y Eduardo Moliné O'Connor) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Contradicción.

Corresponde dejar sin efecto el fallo que rechazó la acción de desalojo y cobro de daños y perjuicios fundada en la violación por los locatarios de la prohibición Contractual de transferir la tenencia del inmueble, incurriendo en autocontradicción,

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:682 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-682

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