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Fallos: 314:1321 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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LIDIA RUIZ DE AGUILERA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

La Corte se encuentra impedida de ejercer las facultades que le confiereel art. 24, inc.

7", del decreto-ley 1285/58, si la declaración de incompetencia carece del encuadramiento del caso, prima facie, en alguna figura determinada, elemento indispensable para el correcto planteamiento de una contienda de competencia (1).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

LaCorte seencuentra impedida deejercerJas facultades que le confiereel art. 24, inc.

7", del decreto-ley 1285/58, si no se ha practicado una pesquisa adecuada que permita sostener que el exceso de pulsos telefónicos facturados al abonado que formuló denuncia por tal causa, sea el resultado de acción alguna que afectase de modo concreto, la prestación del servicio público interjurisdiccional detelecomunicaciones del quees usuario, de manera que pudiera justificarse la intervención del fuero federal 2)
ANA SANTORO De GARBARINO

FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.
El delito de supresión de estado civil (art. 139, inc. 2", del Código Penal) es distinguible de aquel otro que se babría cometido al lograrse la expedición de documentos falsos destinados a acreditar la identidad de las personas (3).


CONCURSO DE DELITOS.
El delito de supresión de estado civil (art. 139, inc. 2", del Código Penal) concurre idealmente con la falsificación de los certificados de nacimiento que dan cuenta de una relación parental inexistente.

" () 22 de obre: Fallos: 304:1656 . Caña: "Ramos Nilo Ral", del 18 de septiembre de — .

o 199. — - - . .

(2) Causa: " Chiacchio, Adriana Isabel", del 1" de octubre de 1991. , 3) 22 de octubre. Fallos: 312:2217 . .

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-1321

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