judicial, en lugar del notorio abuso que sc observa actualmente en el empleo de los remedios procesales con el único fin de dilatar en el tiempo la solución, con cl consecuente recargo para los órganos encargados de administrar justicia.
Corrobora lo expuesto la circunstancia de que en los lugares críticos (ver. Juzgado Federal de Morón) ha sido donde la Corte más contribuyó von su política de contrataciones. Sin embargo, y a pesar del esfuerzo realizado, no puede decirse que la crisis haya sido superada sino que, desgraciadamente, existe riesgo de que se agirave cada vez más.
Por todo lo expuesto, Se resuelve:
15) No autorizar para el futuro nuevas contrataciones de personal en el Poder Judicial de la Nación.
29) Elaborar un estudio que permita determinar, en forma progresiva, el criterio a adoptar con los contratos vigentes, sin perjuiciode señalar que será de carácter restrictiva su renovación y que no serán atendidos aquellos pedidos que carezcan de la suficiente fundamentación.
Regístrese, comúniquese y archivese.— RICARDO Levent (11) — Cartos S. FAYr — AUGUSTO César BeLLuscio— Extique Santiacio Perracciu— RonoisoC. Barra —JuLto S. NAZARENO — Julio
C. OYHANARTE.
INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DEL HOSPITAL BRAULIO MOYANO.
—N? 1649— Buenos Aires, 18 de diciembre de 1990.
Vistoel expediente S-1751/90 camtulado" Asesor de Menores de la Cámara Civil finforma sobre la actual situación del Hospital Moyano-formula pedido". y Considerando:
1) Que el doctor Alejandro C. Molina, Asesorde Menores de la ¡Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, por los fundamentos vertidos en el oficio de fs. 1/2. peticiona con carácter urgente la adopción demedidas tendientes a paliarlas gravísimas condiciones de alimentación, asistencia médica, elc. de las personas intemadas cit el Hospital Dr. Braulio A. Moyano. Como representante promiscuo de los afectados informa que con fecha reciente visitó el instituto y pudo constatar: "...un cuadro lamentable respecto del estado de los pacientes en lo que a nutrición se refiere... mujeres harapientas que deambulan por los jurdines a veces con escasa vestimenta o sin calzado alguno... intemas que gran parte del día permanecen en cama y se parecen más a las víctimas de un campo de concentración de los que conocimos luego de la última guerra mundial que a personas con padecimientos psiquiátricos, son verdaderos espectros o esqueletos vivientes (sic.)".,
Compartir
64Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1990, CSJN Fallos: 313:809
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-313/pagina-809
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 313 Volumen: 2 en el número: 55 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos