Considerando:
19 Que, enlosúltimos años, esta Corte autorizó la contratación de diversos agentes y funcionarios, para paliar las necesidades de personal derivadas del incremento de las causas judiciales en algunas jurisdicciones y, fundamental y especialmente, para atender en algunas cámaras la situación originada poros procesos judiciales que involucraron a militares. Es decir. pues, que se intentó dar una solución a una situación excepcional, y de emergencia.
29) Que, sin embargo, con el transcurso del tiempo, esta situación originó la radicación ante este Tribunal de innumerables pedidos —fundados en toda clase de motivos — de contratación de personal para atender determinadas necesidades.
Ello provocó una alteración de Jas dotaciones asignalas por ley a cada jurisdicción, y de la actividad administrativa de este Tribunal, que debió abocarse al estudio de tales pedidos y que, incluso, en algunas situaciones debió contratar personal para sus dependencias al incrementarse su labor habitual.
2) Que la situación descripta provocó efectos no queridos, tales como la asignación a ciertos juzgados o cámaras de personal con el que otros no cuentan, la inquietud de éstos últimos por obtener lo mismo que obtuvieron otras, y zozobra en los contratados por su situación inestable, dado que solicitan la renovación de sus contratos cada vez que se opera su vencimiento.
4) Que por tratarse, como sucede en esta cuestión, de contratos celebrados por un tiempo determinado de duración, lo normal o natural debió ser que cesen sus efectos al expirar el término en ellos fijados, Sin embargo, la realidad demuestra que ello no aconteció en uf gran número de casos en los que fueron renovados sucesivamente al operarse su vencimiento, con lo cual el sistema se desnaturalizó en tanto se arribó alejados de la finalización originariamente prevista.
5 Que, en este sentido, correiponde señalar que en materia de contrataciones de personal debe obrarse con sumo cuidado, a fin de prevenir consecuencias no deseadas. Vale la pena recordar la advertencia formulada por Marienhoff con relación a lo ocurrido en la Administración Pública: "La incorporación de personas —funcionarios o empleados— a la Administración Pública mediante el .
procedimiento del contrato au hoc, si bien teóricamente aparece como un medio correcto y plausible, enla práctica se encuentra desprestigiado debido al abuso de que fue objeto... —Sc hace menester que el sistema de incorporar personas —funcionarios oempleados— ula Administración Pública mediante contrataciones ad hoc, se reduzca a lo indispensable, es decira la incurporación de personas que posean una notoria ilustración. sea en su carácter de técnicos o de especialistas, y cuya colaboración sea efectivamente necesaria para cl cumplimiento de la Administración Pública" (Tratado de Derecho Administrativo. tomo [EI-B. págs. 90/1; cita dichoautoren su apoyo loseditoriales del diario La Nación:
"Sistema distorsionado" y "Reiteración comprobada". del 31 de enero de 1967 y del 7 de febrero de 1968, respectivamente).
6) Que advertencias tan severas formuladas respectoa la situación existente en la Administración Pública, no pueden ser desoídas, pues ello encerraría el peligro de caer en una crisis similar, Jo cual se encuentra distante del únimo de este Tribunal.
7°) Que. en esta línea de ideas, debe también señalarse que la solución principal a muchos de los problemas que padecen los tribunales por el cúmulo de tarvas que deben afrontar, debe buscarse en la creación de nuevos juzgados o en la adopción de políticas que tiendan a evitar o a prevenir el conflicto
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:808
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