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Fallos: 313:804 de la CSJN Argentina - Año: 1990

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Artículo 691 ..r..m..meeee A 7625720 a A 1.334.507.68 B) Código de Procedimientos en Materia Penal — Indice de precios al por mayor nivel general:

Artículo 130 cemceceeneeneaeo A 19.706,10 a A 120.047.20 Anículo 133 eee 19.706,10 a A 120.047,20 Antículo 142 ....wmenm——.—. A 29.913,18 a A 145,838.12 Anículo 186 ........———.—.? A 50,038.50 a A 498.351.81 Anículo 291 ........mm... A 19.706.10 a A 120.047,20 . .

Artículo 700 ..e..wmmmme A 19.667,22 a A 502.671.30 €) Decreto ley 1285/58 — Ley 17.116, Art. 6 —Indice de precios mayoristas no agropecuario:

— Ant. 16 del decreto ley 1285/58 .icnnmiieeneee A 416.778.85 — An Eley 17.116... AA 6778.85 D) Art. 15 de la ley 13.512 — Indice de precios al por mayor nivel general:

An. 15 de la ley 13.512 ....... A 196.500,00 Los montos reajustados regirán a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Regístrese, hágase saber y publíquese. — MARIano AUGUSTO CAvacNa Martinez — CArLos S.

FAYr — ENRIQUE SANTIAGO Perraccit: — Roporro C. Barra — Juto S. NAZARENO — EDUARDO J.

MoLiné O'Connor. .

DismEncIA Dil Dr. Augusto CEsar BerLuscio.

Considerando:

19) Que, según surge de las normas citadas, conesponde a esta Corte actualizar semestralmente los montos establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial de ta Nación, los fijados por el deereto— ley 1285/58 (arts. 16 y 24, inc. 6", ap. a), por la ley 17.116 (at. 6) y por el Código Procesal Penal.

2") Que los mencionados montos corresponden a multas que en determinados casos pueden imponer los jueces y tribunales nacionales, y al depósito que debe realizarse por la deducción de queja por denegación del recurso extraordinario federal, .

39) Que, salvolos casos en que las multas xc establecen en favor de la parte contraria enel proceso, sus impones, así como los depósitos perdidos por rechazo de las quejas. constituyen recursos específicos, propios del Poder Judicial de la Nación, afectados al presupuesto de gastos e inversiones art. 3 de la ley 23.853),

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:804 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-313/pagina-804

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