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Fallos: 312:2530 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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existentes en el banco provincial, no se ha cumplido con tal recaudo previo, sin que sea suficiente a tales fines la intimación extrajudicial realizada a la deudora ni la manifestación de la acreedora en el sentido de que, en general, no se ha obtenido ningún resultado favorable con la vía especial pactada (1).

CLINICA PERGAMINO S.A. v. PROVINCIA nz BUENOS AIRES Corresponde rechazar la demanda que persigue la declaración de inconstitucio nalidad de la ley 8324 de Buenos Aires, en tanto las provincias están facultadas para legislar en materia de remuneraciones de los profesionales médicos que actúan en relación de dependencia, potestad que ha conservado en los términos del art. 104 de la Constitución Nacional (2) CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad, Principios generales.

La ausencia de una demostración, en el sentido de que en el caso concreto el decreto 6732/87 de Bugnos Aires ocasiona el gravamen invocado, convierte en abstracto cualquier pronunciamiento acerca de su constitucionalidad (3)
PROVINCIA ne. CHUBUT v. NACION ARGENTINA
PRUEBA: Peritos. - Con independencia de que, en definitiva, los gastos en que incurrió el perito deban ser soportados por quien resulte condenado en costas, ello no es obstáculo para que el perito persiga su cobro de cualquiera de las dos partes, sin perjuicio de los reintegros que aquéllas pudieran reclamarse en su oportunidad (4).

PRUEBA: Peritos.

Quelas partes califiquen de elevados los gastos afrontados por los peritos, resulta insuficiente para desestimarlos, si no se ha negado su necesidad ni se ha indicado que la tarea cumplida hubiera podido llevarse a cabo con un costo menor (5).

1) 28 de diciembre.

2) 28 de diciembre. Fallos: 305:1044 , 308:817 . Causas: "Corrales Sanchez, Teodoro Santiago / Clinica Privada 25 de Mayo" y "Beltran, Jorge R. y Otros e/Ducilo, S.A.", del 3 de Julio de 1984 y 11 de Setiembre de 1984 Respectivamente.

3) Fallos: 310:211 . .

4) 28 de Diciembre. .

(5) CAUSA: "Santa Cruz, Provincia de c/Estado Nacional", del 8 de agosto de 1989.

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:2530 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-2530

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