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Fallos: 312:211 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.

Si la actora solicitó la constitución del grupo minero, y se registró a su nombre, es claro que, como titular del grupo, está legitimada para promover demanda por daños y perjuicios contra Y. P. F. a raíz del ingreso de gas oil a la salina —de la cual era concesionaria— y su posterior contaminación, provocada por la avería de un poliducto, DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.

Si las medidas dispuestas por Y. P. F. a raíz de la rotura de un poliducto no alcanzaron a evitar el ingreso del gas oil a la salina y la ulterior contaminación, aquélla es responsable del evento dañoso.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Determinación de la indemnización. Daño material.

Para establecer la cuantía del daño debe evaluarse que al no haberse efectuado ventas, la actora ahorró gustos, (costos fijos y variables) que habrán de detraerse del monto total estimado por el tribunal en uso de la facultad conferida por el art.

165 del Código Procesal,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de febrero de 1989.

Vistos los autos: "Compañía Introductora de Buenos Aires S. A.

e Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otro (San Luis) s/ daños y perjuicios", de los que , Resulta:

T) Afs. 6/29 se presenta la Compañía Introductora de Buenos Aires C.I. B. A.) e inicia demanda por daños y perjuicios contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

Dice que es concesionaria de 303 pertenencias mineras para la explotación de cloruro de sodio (sal) en la laguna del Bebedero, Provincia de San Luis, en la que, con fecha 24 de setiembre de 1978, personal de su dependencia halló rastros de hidrocarburos. Esta evidencia fue ratificada al día siguiente, circunstancia que se puso en conocimiento de los encargados de la planta de bombeo que la demandada posee en

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:211 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-211

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