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Fallos: 312:1211 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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DANIEL EDGARDO URRIBARRI LOPEZ
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal, Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus entidades autárquicas.

Corresponde a la justicia federal conocer en la causa por el presunto hurto en perjuicio del Instituto Nacional de Estadística y Censos, que está destinado a cumplir funciones en la totalidad del territorio nacional, sin que entre cllas se encuentre la prestación de servicios locales (art. 5° de la ley 17.622) por lo que resulta inaplicable el art. 1° de la ley 14.180.

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL _
Suprema Corte: .

La presente contienda de competencia, suscitada entre la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal y el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado N° 6, se refiere al conocimiento de la causa que, por el delito de robo, se sigue contra Daniel Edgardo Urribarri López. La Justicia Nacional declinó su jurisdicción en favor de la Justicia Federal por entender que al ser los elementos robados maderas de —.

propiedad del Instituto Nacional de Estadística y Censos, organismo del Poder Ejecutivo Nacional, sería la justicia de excepción la compe- .

tente en autos.

Por su parte, el magistrado federal no aceptó la competencia que se le atribuyera sobre la base de que la labor que desempeña el INDEC es de carácter local por lo que no cabría asignarle un carácter nacional, . imáxime teniendo en cuenta que su patrimonio se halla afectado a la prestación de servicios locales. .

Con la insistencia por parte de la Cámara de fs. 14 se da por tratada esta contienda.

Sobre el particular V.E. tiene decidido que la aplicación del art. 1 de la ley 14.180 puede desplazar la competencia federal que surge de la

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1211 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1211

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