CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia. _ — .
Esunadelas formas sustanciales del juicio, la de que participe en él la parte por sí misma o por medio de mandatario con poder suficiente (Disidencia del Dr.
Enrique Santiago Petracchi). . : DE , ALEJANDRO BENITO CIMINIERA v. NACION ARGENTINA "(MINISTERIO Dr.
INTERIOR)
JUBILACION Y PENSION. ". o .: L : — > Lá exigencia de un tiempo mínimo de servicios és uno de los requisitos generales en que se sustenta la procedencia de todo beneficio jubilatorio dentro de los regímenes previsionales vigentes, de tal modo que aurt cuando pudieran reconocerse excepciones, éstas deben provenir inequívocamente de los textos específicos, pues no resulta posible presumir que la intención del legislador esté enderezada aimponer desiguales exigencias alquienes defiere iguales beneficios.
JUBILACIÓN Y PENSION. — ea po Sólo cabe reconocer el derecho a la jubilación voluntaria a' los agentes de inteligencia de las Fuerzas Armadas que acrediten la prestación de servicios en ° el organismó por el perfodo mínimo establecido por el art. 77, inc. a) del decreto "9" 4639/73, sin que quepa tener por cumplida la exigencia legal mediante el . cómputo de servicios prestados en organismos no comprendidos en la menciona.. da reglamentación. .. . E .
Te FALLODELACORTE SUPREMA " . - -. - - _Buenos Aires, 29 de marzo de 1988.
Vistos los autos: "Ciminiera, Alejandro Benito c/Res. N°731 (M? del Interior) s/ art. 28 ley 15.943/46".
Considerando: e a 19 Que contra la sentencia de la Sala HI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que —al desestimar el recurso previsto por los arts. 28 y sigts. del decreto-ley 15.943/ 46—confirmó la resolución del Ministerio del Interior que no hizo lugar
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:369
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