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Fallos: 311:2015 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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según los presentantes, desconoce la naturaleza de la jurisdicción militar, sustrae a los procesados del juez natural designado por la ley antes del juicio y lesiona la igualdad ante la ley al establecer un régimen especial más gravoso para algunos sujetos encausados por determinados delitos. .

Pese a lo sostenido por los apelantes, estimo que esos planteos son mera reiteración de los que ya fueron rechazados por V. E., entre otros, "en Fallos: 306:2101 y 307:671 y 1018, cuya doctrina ni siquiera controvierten, motivo por el cual, sobre la base de las razones allí expuestas, la pretensión de los recurrentes no puede prosperar.

Por las razones expuestas, en mi opinión corresponde: a) Declarar inoficioso todo pronunciamiento respecto de Julián Gazari Barroso y Enrique González Roulet, b) Declarar mal concedido el recurso en cuanto a los agravios analizados en el capítulo II del presente y, c) Rechazarlo respecto de las impugnaciones descriptas en el capítulo III precedente, confirmando la decisión de fs. 61/75. Buenos Aires, 8 de julio de 1988. Andrés José D'Alessio.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .

Buenos Aires, 29 de setiembre de 1988. , Vistos los autos: "Díaz Bessone, Ramón G. s/ opone excepciones previas". .

Considerando: .

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a cuyos términos corresponde remitirse en razón de brevedad. .

Por ello, se resuelve:

N) Declarar inoficioso todo pronunciamiento respecto de Julián Gazari Barroso y Enrique González Roulet, toda vez que se ha tornado «abstracto su planteo al haberse aplicado las disposiciones de la ley 23.521 a su respecto. — .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2015 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-2015

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