. FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 25 de febrero de 1988.
Autos y Vistos; Considerando: 1) Que tanto la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, como el señor juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N" 6, se declararon incompetentes para entender en estas actuaciones. En consecuencia, corresponde a esta Corte dirimir el conflicto planteado de conformidad con lo prescripto por el art. 24, inc. 7", del decreto-ley 1285/58.
2°) Que los actores demandan a la: Comisión Municipal de la Vivienda —organismo creado por la ley 17.174 como entidad autárquica (art. 2?) en el ámbito jurisdiccional de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (v. nota de elevación del proyecto de ley al Poder Ejecutivo)— a fin de obtener que se la condene a escriturar los inmuebles, ubicados en el Partido de La Matanza, que les fueron prometidos en venta según los boletos de compraventa que en copias certificadas acompañan.
3) Que para determinar la competencia ha de estarse a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda, y después, y sólo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que se invoca como fundamento de su pretensión (sentencia de fecha 23 de agosto de 1984 dictada en la Competencia N° 83.XX. "El Carrito S.R.L. e/ Greco, Juan Carlos s/ daños y perjuicios", considerando 7° y sus citas; íd. sentencia de fecha 29 de diciembre de 1987 in re "Obra Social para Empleados de Comercio y Actividades Civiles c/ Prevención Médica S.A. s/ ordinario", Comp. N° 491. XXI, considerando 4).
>. 49) Quesobre estasbases el Tribunal entiende que —contrariamente alo sostenido en el dictamen del señor Procurador General— no se dan enelcasolas circunstancias que en otros litigios, en alguna medida análogos, determinaron la competencia de los tribunales federales. En efecto, los boletos de compraventa en los cuales se funda la demanda no aparecen prima facie celebrados en el marco de la ley 21.581 (FONAVI), norma ésta de carácter federal (conf. sentencia de fecha 1° de diciembre de 1987 in re "Flores, Ramón c/ Comisión Municipal de la Vivienda s/
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:174
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