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Fallos: 310:2623 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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agrícolas eran, en 1947, 2020 en General Alvear y 5559 en San Rafael y, en 1974, alcanzaban a 8400 y 7838, respectivamente (fs. 280). El mismo autor da para 1973/74 una superficie efectivamente irrigada .

de 105.782 ha. sin distinguir si lo son con las aguas del Atuel o del " Diamante, A su vez, el peritaje económico reproduce las cifras del censo de población de 1980. Ellas atribuyen a los departamentos de San Rafael y General Alvear un total de 186.805 habitantes, de los que, según la demandada, alrededor de 100.000 se ubican en el área dependiente del Atuel (ver fs. 395). En cambio, en los de Chalileo y Chicalcó, en La Pampa, hay 3.024 habitantes (peritaje económico, cuerpo XXXVI, fs. 46). Que mientras este proceso de colonización y desarrollo regional se producía en el territorio mendocino, la situación en el noroeste de La Pampa no presentaba iguales características.

El gobierno de la Nación, administrador de los vastos territorios incorporados como consecuencia de la conquista del desierto y entre ellos, el que sería antecesor de la actual Provincia de La Pampa, debió legislar para organizar esas tierras. La ley 1532, ya citada en, esta sentencia, organizó administrativamente a los territorios y leyes como la 4167 del 8 de eneró de 1903 procuraron el fraccionamiento y uso de las tierras fiscales. Precisamente, con este propósito se dispone la creación, en 1908, de una colonia agrícola en La Pampa que sería la denominada Butaló. 72) Que esa colonia, cuyos antecedentes y evolución describe el perito Combetto (pregunta LP 97, cuerpo XXXIII), estaba destinada a labores agrícolas y "emplazada en la zona árida pampeana", dependía del agua subterránea o la proveniente del Atuel (fs. 31, cuerpo -citado). En 1910, el administrador de la colonia destacaba su ubicación, distante unas cuarenta leguas al oeste de la estación —Telén, punta de rieles del ferrocarril a Bragado, y cuatro leguas del entonces "paraje denominado Santa Isabel, muy próximo al río Atuel".

Sus expectativas no son muy alentadoras: situada lejos de centros de población y de estaciones ferroviarias, sus productos soportarán pesa-. dos fletes que encarecerán sus costos y provocarán "precios suma

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2623 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2623

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