que variará en. función de la demanda de los productos de cultivo anual. Hay, además, una superficie que se califica de abandonada que, aunque sistematizada, puede estimarse como no regada en los últimos cinco años. Aclaran que los cálculos admiten pequeñas diferencias en las áreas sometidas a rotación y las consideradas como abandonadas y concluyen, en este aspecto, que Jas superficies que dan como cultivadas y regadas deben entenderse como netas, o sea que no incluyen construcciones, caminos interiores, acequias, etc.
Sobre la base de estos elementos elaboran, finalmente, el cuadro de fs. 18 que da una superficie cultivada y regada, aguas abajo de Valle Grande, de 61.034 ha., subdividida en la afectada a cultivos perennes y anuales y una superficie sistematizada no cultivada de 24.388 ha., dentro de la cual 14.727 ha. están sometidas al régimen de rotación y 9661 se definen como abandonadas.
80) Que, a su vez, los fotointérpretes efectúan su propia clasificación que no difiere de la de los agrónomos. En ese sentido describen las superficies sistematizadas, que son "las áreas de la región que en el año de referencia (1979) estuvieran cultivadas, preparadas para cultivar o exhibieran claros indicios de haber sido cultivadas en el pasado" que comprenden 90.000 ha.; las superficies efectivamente regadas, obtenidas según las técnicas habituales en fotointerpretación que excluyen servicios no directamente vinculados al riego ni discriminan el origen del agua y que ascienden a 68.160 ha. y las que califican de cultivadas "brutas" que incluyen las abandonadas que suman 78.000 ha, (fs. 1/18, respuesta al punto c 28, en particutar ítem 2.1.5.1. a 2.1.5.4, cuerpo XXXII).
81) Que estas conclusiones merecieron el requerimiento de explicaciones por ambas partes y, en lo que hace al peritaje agronómico, la impugnación de la actora formulada en términos inconsistentes ver fs. 644/50 cuerpo XXXI). De las explicaciones de La Pampa, resulta significativa la que persigue precisar el área efectivamente regada por el Autel toda vez que, a su juicio, se involucran en Ja calculada por los agrónomos zonas abastecidas por aguas que . mo provienen de ese río como los aportes del arroyo La Aguadita, pero es evidente que no cabe otorgar a la respuesta de los peritos una condición tan asertiva como lo pretende la actora, habida cuenta
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2627
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