Abora bien, la función otorgada al- Poder Legislativo por nuestra Constitución Nacional tiene como primordial objetivo la elaboración de normas generales y abstractas para la regulación, en principio, de hechos futuros.
26) Que ello sentado, y siendo un principio fundamental de nuestro sistema político la división del Gobierno en tres grandes De- partamentos, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, independientes y soberanos en su esfera, se sigue forzosamente que las atribuciones de cada uno le son peculiares y exclusivas, pues el uso concurrente o común de ellas harían necesariamente desaparecer la línea de separación ente los tres altos poderes políticos, y destruiría la base de nuestra forma de gobierno (Fallos: 1:32 ). Tal conclusión surge claramente del estudio de los autores que forman parte de la gran tradición liberal europea de la cual muestra Constitución Nacional es una directa depositaria. Así, Montesquieu señalaba en su clásica obra "Del Espíritu de las Leyes" (Tomo I, Libro XI, Capítulo VI, págs.
168/169, ed. 1973, París) al respecto: "...Existe en todo Estado tres clases de poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo de las cosas que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de aquéllas que dependen del derecho civil. Por el primero, el príncipe o el magistrado hacen las leyes por un tiempo o para siempre y corrige o deroga aquéllas que han sido hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad, previene las invasiones. Por el tercero, castiga los crímenes o -juzga los diferendos entre particulares. Se llamará -a este último, el poder de juzgar al otro, simplemente, el poder ejecutivo del Estado. Cuando, .
en la misma persona o en el mismo cuerpo de la magistratura el poder legislativo está unido al poder ejecutivo, no existe libertad pues se puede temer que el mismo monarca o el mismo senado haga leyes tiránicas para ejecutarlas tiránicamente. Tampoco existe libertad si el poder de juzgar no está separado del poder legislativo o del ejecutivo. Si aquél estuviese unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, ya que el juez sería legislador... Todo estaría perdido si' el mismo hombre o el mismo cuerpo de príncipes o de nobles o del pueblo, "ejercieron estos tres poderes de hacer las leyes, el de ejercitar las resoluciones
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1292
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