del Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública (hoy- Ministerio de Salud Pública y Acción Social), el que ejerce el poder de policía sanitaria referente a dichas actividades y se halla facultado para dictar las disposi ciones reglamentarias o complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la finalidad del decreto 9763; reglamentario de la ley 16.462.
PODER DE POLICIA.
Es ratio manifiesta de la ley 16.462 y su decreto reglamentario 9763 evitar el uso indebido de medicamentos, así como determinar la peligrosidad de éstos, su comprobada y comprobable acción y finalidades tera- .
péuticas y sus ventajas científicas, técnicas n económicas, de acuerdo con los adelantos científicos. .
PODER DE POLICIA. ° Los proyectos que presenten quienes pretenden realizar estudios e inves tigaciones de Farmacología clínica deberán demostrar fundamentalmente —.
cuáles son las propiedades farmacológicas y terapéuticas del compuesto a estudiar relacionándolas en forma cualitativa y cuantitativa con el em pleo terapéutico que se preconiza, así como cuál es el margen de sanidad y los efectos adversos previsibles en las condiciones de empleo terapéutico para el ser humano. También se exige, en su caso, la presentación de antecedentes bibliográficos, del plan experimental detallado y fundamentado y la de los resultados obtenidos. JUECES. —— No incumbe a los jueces en el ejercicio regular de sus atribuciones, sus- .
tituirse a los otros poderes del Estado en las funciones que les son pro pias, sobre todo cuando la misión más delicada de la justicia es la de saberse mantener dentro de la órbita de su jurisdicción, sin miénoscabar Jas funciones que le corresponden a los otros poderes. Ello es aplicable al caso en que la autoridad a la que ha sido otorgado el ejercicio del poder de policía sanitaria respecto de las actividades comprendidas en la norma de " control de drogas y productos utilizados en medicina humana, y la facul tad de dictar las disposiciones reglamentarias o complementarias que sean necesarias a tal fin, ha emitido su opinión sobre el complejo Crotoxina A y B, estableciendo que, en las presentes circunstancias, ese complejo carece de acción antineoplásica. .
DIVISION DE LOS PODERES,
La doctrina de la división de los poderes o 'la sepuración de las funciones, especialmente en muestras sociedades modemnas, halla su causa y finalidad
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:113
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