ALFREDO ANGEL MULLER v. NACION ARGENTINA
MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA) .
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas.
Causas regidas por normas federales. Es competente la justicia nacional en lo contencioso administrativo fede- ral para conocer en la demanda por nulidad de las resoluciones dictadas por la Corte n? 597/85 y 198/86, en tanto las mismas habrían violado la forma de cómputo y montos que corresponden' percibir al presentante en concepto de haber de retiro, por aplicación de lo establecido en los arts.
4, 16 y 17 de la ley 22.940, solicitando asimismo el reintegro de lo adeudado, con más el daño moral, incremento por depreciación monetaria, intereses y costas. .
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte: .
Tanto la sala III? de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, como el señor juez a cargo: del Juzgado Nacional del Trabajo N° 33, ambos de esta Capital Federal, se declararon incompetentes para seguir entendiendo en el presente juicio. En tales condiciones ha quedado planteada una contienda negativa de competencia que córresponde al Tribunal dirimir de con formidad con lo establecido por el artículo 24 inciso 7 del decretoley 1285/58. . . En cuanto al objeto del presente juicio debo indicar que el actor promovió demanda por nulidad de las resoluciones dictadas por esta Corte números 597/85 y 198/86 recaídas en el expediente de Superintendencia n? 516/86, en tarito las mismas han violado la forma de cómputo y montos que corresponde percibir al presentante en concepto de haber de retiro, por aplicación de lo establecido en los artículos 4, 16, y 17 de la ley 22.940. Solicitó asimismo el reintegro de lo adeudado, con más el daño moral, incremento por depreciación mo netaria intereses y costas.
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1104
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