CASO N 270: FAVERO, CLAUDIA INES y Está "probado que Claudia Inés Favero fue privada de su libertad el día 12 de febrero de 1977, aproximadamente a las 17, de su domicilio ubicado en la calle 58 N° 1283 de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por personas armadas que dependían del Ejército Argentino. . .
Al respecto cabe remitirse a lo expuesto en el caso anterior, correspondiente al hermano de la víctima. ..
Está acreditado que a Claudia Inés Favero se la maniuvo clan- destinamente en cautiverio en un lugar de detención conocido como "La Casita" y cn el Destacamento Policial de Arana, que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército:
Al respecto también se hace expresa remisión al caso anterior.
No está probado que en ocasión de su cautiverio fue sometida a .
algún mecanismo de tortura. " Ello en virtud de que los dichos de la víctima vertidos en tal sentido no encuentran corroboración en ningún elemento de. juicio.
En cambio quedó demostrado que durañte ese tiempo o parte de él sc le impusieron condiciones inhumanas de vida.y alojamiento. Véase sobre este tópico lo expuesto en el caso 269.
Está probado que Claudia Inés Favero recuperó su libertad el día 20 de febrero de: 1977. Tal circunstancia quedó demostrada en el caso anterior. ; Por último surge de autos que el hecho que damnificara a Clau dia Inés Favero fue desarrollado de acuerdo a la cuestión de hecho Ne 146.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:902
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