de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción N?% 14, caratu- .
lada "Scarfia, Osvaldo Alberto s/privación ilegal de la libertad". ' Los deponentes en dicho expediente están contestes en que el día mencionado, en horas de la noche, se hicieron presentes en aquel lugar varias personas vestidas de civil, armadas, quienes luego de revisar la casa, se llevaron a la víctima.
En el mismo sentido se manifestó Scarfia a fs. 33 de la causa .
N? 12.022 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, caratulada "Olalla de Labra, Marcelo Adrián y otros s/den. inf. leyes 21.322 y 21.325".
A ello deben .sumarse las constancias que demuestran que la víctima fue mantenida en cautiverio en el centro de detención conocido como el "El Vesubio"; que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército, a las que más abajo se aludirá.
Durante su detención se hicieron gestiones ante autoridades en procura de la averiguación de su paradero y libertad.
Ello se comprueba con las constancias del recurso de hábeas "corpus interpuesto en su favor ante el Juzgado en lo Criminal de Sentencia Letra "M", Secretaría N° 13 (causa 2902). . A Osvaldo Alberto Scarfia se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en el centro de detención conocido como "El Vesubio", L y en el Instituto de Detención de La Plata (U9), que actuaban bajo el comando operacional del Primer Cuerpo de Ejército.
En efecto, el indicio que se desprende de lo afirmado por la víctima en tal sentido, recogido en las causas antes mencionadas, se encuentra corroborado por Luis Alfredo Chávez en la audiencia, quien dijo haber compartido su cautiverio con la víctima.
A ello deben agregarse las constancias de la causa N° 12.022 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, antes mencionada, que tuvo inicio con actuaciones irregulares del Consejo de Guerra Especial Estable N° 1/1, que intentaron justificar la privación de libertad, mediante la apariencia de un proceso militar que le diera visos de legalidad.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:891
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