806 . VALLOS DE LA CORTE SUPREMA la Embajada de la República de Italia remitió notas a nuestro go bierno procurando información acerca de diversas personas que aparecían como desaparecidas y reclamando por la averiguación de su destino, lo que motivó la citada denuncia donde el causante figuraba como una de las víctimas.
Está probado que a raíz de las solicitudes judiciales, las auto ridades requeridas contestaron negativamente. . .
En efecto, en el hábeas corpus 425/77 que tramitara ante el Juzgado Federal N° 5, la Policía Federal, el Ministerio del Interior y el Estado Mayor del Ejército —Jefatura 1— Personal, contestaron negativamente (confr. fs. 8, 9 y 11), y en cl hábeas corpus 110/78 que tramitó ante el Juzgado Federal N° 2, las mismas autoridades informaron también en la misma forma (confr. 7, 8 y 9).
"Como ha quedado probado, en la détención de Remo Carlos Berardo intervino personal dependiente de la Armada Nacional. Si se tiene en cuenta que la fuerza que respondió a tales requerimientos en ambas acciones judiciales fuc el Ejército, se desvanece la posible mendacidad en tales informes, ya que la participación de la misma en este hecho quedó descartada, no quedando acreditada tal cir- Cunstancia. vu Está probado que a Remo Carlos Berardo se lo mantuvo clan destinamente en cautiverio en la Escuela de Mecánica de la Armada, que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.
Para tener por cierto lo afirmado, se ticnen en cuenta la modaJidad de los hechos y las denuncias que dieron origen a los casos 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 219 y 220, que corresponden a otros damnificados compañeros del causante que fueron secuestrados unos en la Iglesia de la Santa Cruz y los otros en distintos lugares, pero ' por las mismas razones, obrando como prueba en común la enun-" ciadaal el el Tribunal el caso 216, aplicable a éste en su parte pertinente. :
También se tienen en cuenta los dichos de Beatriz Haydée Aicardi de Neuhaus (confr. fs. 293, del sumario 8653, del Juzgado Federal
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:806
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