texto original); 7 aplicaciones de tormentos seguida de muerte (art.
144ter., párr. último, ley 14.616), a la pena de reclusión perpetua, más la accesoria del artículo 52 del Código Penal, con accesorias legales y el pago de las costas; b) respecto de Emilio Eduardo Massera, como autor penalmen- - te responsable de 83 homicidios calificados (art. 80, inc. 2? del C.
P.); 523 privaciones de la libertad calificada (arts. 144 bis, de la ley 14.616, en función del artículo 142, ines. 1 y 52, de la ley 20.642); 267 aplicaciones de tormentos (art. 194ter., párr. 1?, ley 14.616); 102 robos agravados (art. 166, inc. 2?, ley 20.642); 201 falsedades ideológicas de documentos públicos (art. 293 del C.P., ley 20.642); 4 usur"paciones (art. 181, texto original); 23 reducciones a servidumbre .
art. 140 del C. Penal, texto original); una extorsión (art. 168, ley 20.642); 2 secuestros extorsivos (art. 170 ley 20.642); 1 supresión de documento (art. 294, texto original); 11 sustracciones de menores art. 146 del C.P., texto original); 7 tormentos seguidos de muerte arts. 144ter., párr. último, ley 14.616), a la pena de reclusión perpetua, con más la accesoria del art. 52 del C.P., accesorias legales y el pago de las costas.
c) respecto de Orlando Ramón Agosti, por ser autor penalmente responsable de 88 homicidios calificados (art. 80, incs. 2? y 6", ley 21.338, ratificada por ley 23.077); 581 privaciones ilegales de la libertad calificada (arts. 144 bis, inc. 1, ley 14.616, en función del art. 142, incs. 1 y 5, ley 20.642); 278 aplicaciones de tormentos art. 144ter., párr. 1, ley 14.616); 110 robos agravados (art. 166, inc. 2e, ley 20.642); 234 falsedades ideológicas en instrumento pú- blico (art. 292, ley 20.642); 6 usurpaciones (art. 181, inc. 1, en su texto original del C.P.); 27 reducciones a servidumbre (art. 140 del C.P., texto original); 1 extorsión (art. 168 del C.P., ley 20.642); 2 secuestros extorsivos (art. 170 del C.P., ley 20.642); 1 supresión de documentos (art. 294 del C.P., texto original); 11 sustracciones de menores (art. 146 del C.P., texto original); 7 tormentos seguidos de muerte (art. 144ter., ley 14.616), a la pena de reclusión perpetua, con más la accesoria del art. 52 del C.P., accesorias legales y costas; d) respecto de Roberto Eduardo Viola, como autor penalmente responsable de 5 homicidios calificados (art. 80, incs. 2? y 6?, de la
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:45
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