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Fallos: 309:1463 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1463 consideraciones que se efectuarán al respecto, por resultar de ínte" gra aplicación al presente.


CASO N°.677: CUEVAS, MARIO
Ante la identidad que guarda este caso con el que se tratará en el N° 678, y la comunidad de prueba, corresponde remitir a las consideraciónes que allí se efectuarán al respecto, por resultar de "íntegra aplicación al presente.

CASO N° 678: TIERNO, PATRICIO BLAS — .

Está probado que Patricio Blas Tierno falleció el 13 de diciem bre de 1976, en horas de la madrugada, en la localidad de Margarita .

Belén, Provincia del Chaco, junto con otros compañeros de cautiverio mientras eran trasladados desde la Alcaidía de Policía de Resistencia hasta la Unidad 10 del Servicio Penitenciario Federal.

Al respecto, ha de estarse a los fundamentos que se expondrán " más abajo. También se da por acreditado que Patricio Blas Tierno fue sometido a un mecanismo de tortura en el punto de inicio de este trayecto. . - ' Está probado que el deceso de Patricio Blas Tierno se produjo como consecuencia del accionar de los miembros de las fuerzas armadas o de seguridad encargados de su custodia, que actuaban bajo el comando operacional del II "Cuerpo de Ejército, mientras se encontraban en total estado de indefensión, simulando éstos un en frentamiento armado. . ' .

Encuentra sustento tal aserto, en primer término, en lo que resulta de los dichos vertidos ante este Tribunal por Raúl Tierno, progenitor del causante, quien relató las gestiones que realizó cuando detuvieron a su hijo —15 de mayo de 1976—; que recién en el

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1463 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1463

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