o JUSTICIA DE LA NACIÓN "141 .
rante un tiempo coincidieron en el Cautiverio, y que la mujer le .
comentó que venía de "El Banco"; por otra parte la conocía del .
Sindicato de Publicidad. También Miriam Lewin de García dice haberla visto en una ocasión en la ESMA, pero sin dar fecha, ni suministrando que pudo haberse. enterado de dónde provenía ni adónde fue - posteriormente la damnificada. Por último, Lisandro "Cubas manifiesta que en una parte del año 1978 vio en una oportunidad en el baño de la sección "capucha" a la Trajtemberg y que ésta le dijo que venía de "El Banco". , .
No ha quedado acreditadó que Mirta Edith Trajtemberg fuera —.
sometida a un mecanismo de tortura.
Ello es así, ya que de ninguna de Jas pruebas testimoniales citadas, surge elemento de juicio que permita afirmarlo.
No está probado que Mirta Edith Trajtemberg recuperó su libertad. . N Ello es así, ante lo declarado "por su padre en-la oportunidad señalada, debiendo tenerse en cuenta que el ya nombrado Villani, .
dice a fs. 24 del segundo cuerpo de la causa citada, que le consta el .
"traslado" de Trajtemberg, debiéndose recordar el real sentido asignado a esta palabra por parte de este grupo de personas recluídas ' en ese tipo de sitios. . - - > Tampoco está acreditado que: los Brigadieres Generales Omar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami Dozo, el Teniente General .
Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almirante Jorge Isaac Anaya, en —.
ocasión de desempeñar sus respectivas comandancias, tuvieron cono- .
cimiento del hecho que damnificara a Mirta Edith Trajtemberg. ' Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Mirta .
Edith Trajtemberg fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146. | -. .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1411
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