Es asimismo llamativo que no se haya practicado autopsia del cadáver y, Di siquiera, un examen médico-policial.
Sin embargo, pese a estar comprobada —como se dijo— la aprehensión de la víctima por efectivos militares, no hay en la prue ba acumulada en la causa ninguna mención sobre la permanencia de Miani en ningún lugar de detención, lo que impide sostener —pese a las graves sospechas— que estuvo en cautiverio ininterrumpido hasta la fecha del fatal presunto enfrentamiento.
Ello así, la regla del favor rei debe primar en el caso, aconsejando la absolución por el homicidio imputado.
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Mario José Miani fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146. .
CASO N° 572: SANCHEZ, ADOLFO OMAR . Está probado que el día 28 de marzo de 1976, en horas de la noche, Adolfo Omar Sánchez fue privado de su libertad en su domicilio de la calle Zorzal 1321, Tigre, Pcia. de Buenos Aires, por per sonal armado que dependía del Ejército Argentino.
Ello es así atento los propios dichos de Sánchez, indicando que era delegado gremial de Ford Motors Argentina y que a raíz de esta .
situación hubo un problema con las autoridades de la fábrica y al término de una reunión se le indicó "que ya iba a conocer al General Camps". Ese mismo día, el 28 de marzo de 1976, encontrándose en su casa, se presentaron en dos automóviles varios hombres de civil, armados, los que sin orden de detención alguna y sin identificarse, lo sacaron de allí para. llevarlo, primero a la Comisaría de Ingeniero Maschwitz, donde permaneció hasta el día 3 de abril de 1976, para pasar posteriormente a la Comisaría de Tigre, donde se lo mantuvo unos dos meses. El día 19 de mayo de 1976 fue trasJadado a la Cárcel de Villa Devoto en Capital Federal, y luego de tres meses pasó a la Unidad 9 del Servicio Penitenciario de la Pro
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1353
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