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Fallos: 309:1358 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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CASO N° 580: CORDOBA, RAMON HERALDO Está probado que el día 24 de marzo de 1976, en horas de la mañana, Ramón Heraldo Córdoba fue privado de su libertad en su domicilio de Bolívar 2769, Villa Constitución, Santa Fe, por fuerzas armadas conjuntas bajo el comando operacional del Segundo Cuerpo de Ejército. 1 Así se acredita con las manifestaciones del damnificado vertidas en CONADEP, quien además de indicar lo expresado anteriormente dice que a su casa llegaron varios hombres armados, pertenecientes al Ejército, Policía Provincial y civiles, que lo detuvieron y obligaron a ascender a un camión donde fue golpeado para luego ser trasladado a la cárcel de Encausados de Rosario donde perma neció alojado durante varios días para luego ser remitido á la cárcel de Coronda.

Esta situación aparece corroborada por los informes de la policía de Villa Constitución y de la Cárcel de Encausados de Rosario, donde se manifiesta que, efectivamente, Córdoba fue detenido por pérsonal del Ejército el día 24 de marzo de 1976 y llevado a ese instituto de detención a disposición del Segundo Cuerpo de Ejér- .

cito, así como que para el 9 de septiembre de 1976 pasó a la cárcel de Coronda. — N , . , También se encuentra avalado dicho extremo por la documentación acompañada al sumario por el Ministerio del Interior, de la cual surge que Córdoba fue detenido el 24 de marzo de 1976 y recién puesto a disposición del P.E.N., por decreto 272, el 29 de abril de ese año, con el posterior traslado a la Cárcel de Coronda y la puesta en libertad, mediante decreto 951, el 6 de abril de 1977. .

Surge sin ninguna duda, un período en el cual Córdoba per- > maneció detenido sin fundamentación legal alguna, es decir desde el 24 de marzo de 1976 al 29 de abril del mismo año.

No está probado en cambio que durante su cautiverio haya sido sometido a algún mecanismo de tortura. . .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1358 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1358

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