DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 1321 Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condiciones inhumanas de vida y alojamiento. - .
Al respecto, la víctima señaló que desde el 31 de octubre al 26 de diciembre estuvo incomunicado, encerrado en una celda, aislado y mucho tiempo a oscuras, completamente sin luz.
A ello deben agregarse las consideraciones efectuadas respecto de las condiciones de vida en la Cárcel de Encausados de Campo de Mayo en el caso 78. Está "probado que el contador Aurelio Cid fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional el 22 de diciembre de 1978, .
según los términos del decreto 3077/78, cuya copia obra en poder del Tribunal. Dicha situación cesó el 26 de enero de 1979, recuperando definitivamente su libertad unos días después. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Aurelio Cid fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146. o . H CASO N° 556: DUGGAN, SARA — Está probado que Sara Duggan fue privada de su libertad por efectivos del Ejército Argentino el día 14 de septiembre de 1978 en el estudio del Doctor Mario Satanowsky, sito en Lavalle 1290 de esta Capital.
En este sentido la víctima declaró en la audiencia que el día mencionado se dirigió al- domicilio de Juan Chavanne, en Posadas y Ayacucho, a retirar del lugar el automóvil de éste, encontrando , en el lugar un grupo de personas armadas, quienes le inquirieron acerca del paradero de Chavanne. Se dirigieron entonces todos al estudio del Doctor Satanowsky, donde el grupo armado procedió a llevarse detenidos a todos en un automóvil Ford Falcon.
Estos dichos son corroborados por Juan Claudio Chavanne.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1321
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