el 22 de diciembre de dicho año. Al respecto obran las copias de los respectivos decretos del Ministerio del Interior N° 995 y 3811, no existiendo ninguna constancia que demuestre que Trigo Conte no hubiera recuperado su libertad en la fecha apuntada.
CASO N: 539: DEUTCH, LILIANA INES .
Está probado que el día 27 de agosto de 1977 Liliana Inés Deutch la Húngara) fue privada de su libertad en su domicilio sito en la Ciudad de Córdoba por un grupo de personas armadas. - . Ello surge de sus propios dichos vertidos ante el Tribunal. Re- fiere haber sido detenida por personas de civil y otras con uniformes, sin presentar identificación alguna, junto con su madre, Elena Rosa de Deutch, su padre, Alejandro Deutch, y sus Hermanas Susana Silvia y Elsa Elizabeth.
Está probado que permaneció ilegítimamente detenida en el campo de detención "La Perla". Ello surge de su propia versión y de los dichos de la testigo Corzaletti, también detenida el lugar. .
También permaneció ilegítimamente detenida en el campo de detención "La Rivera", lo que también se desprende de sus dichos unidos a los de Silvio Octavio Viotti hijo.
Está probado que en este lugar fue sometida a algún mecanismo de tortura. — Ello surge de sus propias afirmaciones corroboradas por las de Silvio Octavio Viotti hijo, quien refiere haberla visto torturada en el lugar, en una oportunidad en que luego de escuchar sus lamentos vio que la tiraban al patio, vomitando sangre y agua, después de ser sometida al tormento "la mojarrita", consistente en introducirle la cabeza en un tacho con agua. 5 .
Está probado que el 8 de septiembre de 1977 fue trasladada a la Unidad Penitenciaria N° 1 de Córdoba, a disposición del Comando
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1292
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