"hecho de que Moldavsky fue mantenido clandestinamente en cauti- ; verio en un lugar de detención que operaba bajo el comando del Ejército Argentino. ; Con motivo de la privación de su libertad se hicieron gestiones ante autoridades en procura de la averiguación de su paradero y de ... su libertad. .
En este sentido, se iniciaron recursos de hábeas corpus ante el Juzgado Federal N° 1 de La Plata (causa 3290 antes mencionada), ante el Juzgado de Instrucción Ne 12 de esta capital (causa 12.595) y ante el Juzgado en lo Criminal de Instrucción N° 5 (causa 35.183).
Por otra parte, en el legajo aportado por la Comisión Nacional de Desaparición de Personas obran copias de gestiones realizadas ante autoridades de los Estados Unidos de América, así como también una nota remitida por el Senado de dicho país, dirigida al en tonces Presidente Videla, solicitando la libertad de la víctima, de fecha 26 de enero de 1978.
Se ha acreditado suficientemente, por otra parte, que a raíz de una solicitud judicial la autoridad requerida contestó con mendacidad: . En efecto, el 21 de febrero de 1979, el Estado Mayor del Ejército informó en la causa 35.183 que Moldavsky no se encontraba regis trado ni existían antecedentes a su respecto. En idéntico sentido se expidió dicho Estado Mayor en la causa 12.595 (18 de febrero de 1980).
A Adolfo Rubén Moldavsky se lo mantuvo clandestinamente en "cautiverio en el lugar de detención conocido como "El Vesubio", que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.
Alvaro Aragón declaró en la audiencia haberlo visto en el mencionado lugar, al cual fueron conducidos el mismo día, y escuchado ' cuando lo interrogaban. , .
Por su parte, en la causa Ne 3290 declararon en forma coincidente haber compartido allí su cautiverio con la víctima, además
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1096
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