A ello deben unirse los elementos de prueba colectados respecto del caso N° 19, correspondiente a Claudio Manfredo Zieschank, cuyo cadáver fuera encontrado junto al de Navarro, ambos atados con alambre, y respecto de quien se ha demostrado que fue privado de su libertad por un grupo armado que actuaba bajo el comando del Primer Cuerpo de Ejército (ver caso N° 19).
El lugar donde ocurrió el hecho permite afirmar que el nom brado fue detenido por personal que dependía del Primer Cuerpo de Ejército. A ello se debe sumar la circunstancia de que su cadáver fue encontrado, junto con el de Claudio Zieschank, atado con alambres al igual que el de éste, respecto de cuya detención quedó fehacientemente demostrado que fue consecuencia del obrar de personal perteneciente al Ejército (caso 19).
Como consecuencia de la privación de la libertad 'se hicieron gestiones ante autoridades en prócura de la averiguación de su paradero y libertad. .
En tal sentido, su madre inició el recurso de hábeas corpus ante el Juzgado en lo Criminal de Instrucción N° 8, antes mencionado causa N° 21.626), el cual dio un resultado negativo.
Respecto de las falsedades instrumentales, el Tribunal advierte que los informes falsos emitidos en los expedientes que se reseñan en la acusación fiscal, pertenecen en realidad a recursos de hábeas corpus interpuestos en favor de Claudio. Manfredo Zieschank (caso 19). NU.
Está probado por otra parte que Héctor René Navarro fue ha- - .
llado muerto el 27 de mayo de 1976 en la ribera del Río de la Plata en la localidad de Ezpeleta, Provincia de Buenos Aires, atado con alambres. — o . ' Ello resulta de las constancias de la causa N° 42.414 antes men- cionada. A fs. 1 luce el acta policial labrada con motivo del descubrimiento de dos cadáveres atados con alambre, a unos 1000 metros de la toma de agua de la fábrica Ducilo, por parte de Julio Argen « '
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1094
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