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Fallos: 308:890 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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. - ROBERTO DE MATTHAEIS v. HECTOR JOSE LEONETTI RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. ' Interpretación de normas locales de procedimiento. Casos varios.

- No cabe hacer lugar a 'los agravios vinculados con la determinación del monto del litigio, pues la determinación de las cuestiones comprendidas en la Jitis y el alcance de las peticiones de las partes son materia propia de los jueces de: la causa y ajena al recurso extra ordinario.

"DEPRECIACION MONETARIA: Honorarios. .— Corresponde hacer lugar al agravio referido a que el a quo omitió computar la desvalorización monetaria operada entre su pronuncia miento y el de primera instancia, ya que al apelar la demandada los - honorarios fijados a los letrados de la actora, solicitó que aquéllos fueran "reducidos a la mitad", lo que efectivamente hizo la Cámara, pero a valores nominales. Ello es así, pues lo decidido no sólo pres- . ° cindió del art. 22 de la ley 21.839 sino que, además, al no computar . la depreciación monetaria operada durante el período en cuestión, no se compadece con el fin de asegurar la adecuada contraprestación de - los servicios profesionales, lo que se encuentra resguardado por el L art. 17 de la Constitución Nacional. ...

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento. . . ° Es descalificable la regulación que se sustenta en que en el caso "el porcentaje a aplicar -... debe ser establecido prudencialmente", ya .— que esta afirmación, al margen de ser arbitraria, excede de lo pretendido por el propio apelante en su escrito de expresión de agravios, quien se limitó a solicitar la reducción de los honorarios a la mitad.

En definitiva, dicho argumento no puede ser admitido en razón de que los tribunales de alzada no pueden exceder la jurisdicción que les confieren los recursos concedidos para ante ellos, pues si prescinden de esa limitación y resuelven cuestiones ajenas, se causa agravio a la defensa en juicio y al derecho de propiedad. .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:890 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-890

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