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Fallos: 308:598 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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de la ley 48. Buenos Aires, 29 de noviembre de 1985. Juan Octavio Gauna.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA - , Buenos Aires, 17 de abril de 1986.

Vistos los autos: "Cía. Financiera Castelar S.A. c/Res. N° 700 BCRA s/apel.".

Considerando: Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, con firmatorio de la Resolución N° 700 del Banco Central en cuanto dispuso la revocación de la autorización para funcionar y consecuente liquidación de una entidad financiera (art. 45, inc. a), de la ley 21.526 y 26 de la ley 22.529), la afectada dedujo el recurso extraordinario que fue concedido parcialmente a fs. 64 y, ante la denegación del remedio federal fundado en la arbitrariedad de la sentencia, también interpuso la queja respectiva que corre agregada por cuerda.

Que los agravios del apelante encuentran apreciación adecuada .

en los fundamentos de los dictámenes del señor Procurador General que esta Corte comparte y a los que se remite por razones de brevedad y a fin de evitar repeticiones inútiles.

NM
E .

Por ello se desestima la queja, se da por perdido el depósito y se confirma la sentencia de fs. 43/45. .

"° AUcusto César BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACQuÉ,

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:598 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-598

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