ESTABLECIMIENTO DE UTILIDAD NACIONAL.
Corresponde confirmar la sentencia que convalidó la resolución del Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe, en cuanto había inti mado el depósito de los honorarios profesionales devengados por la conducción técnica de la obra realizada en el Centro de Prensa erigido con motivo del Campeonato. Mundial de Fútbol de 1978, si de las cons- tancias de la causa no resulta que el interés nacional declarado en la ' obra haya sido afectado negativamente por la aplicación de la ley local, N o que el cumplimiento de las disposiciones de la ley provincial 4114 interfiera en la satisfacción del interés público que requiere el estable cimiento nacional, ya que no se ha demostrado que de él resulte gravamen alguno para el contratista de la obra ni para el Estado Nacional . que la contrató. .
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte: - I . — El Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe intimó por Resolución 7091 (£s. 6/7) a las empresas asociadas Ambros Palmegiani S.A. y Gennaro y Fernández S.A., a depositar los honorarios profe sionales devengados por la conducción técnica de la obra correspon-, diente al Centro de Prensa de Rosario, erigido con motivo del Campeonato Mundial de Fútbol de 1978. .
Recurrida la medida por las empresas destinatarias, el ente la —. mantuvo a través de la Resolución 7131 (fs. 4). Este acto fue impugnado, ante la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Ro sario, cuya Sala 4: se pronuncia definitivamente a fs. 63/65, confir- .
mando la resolución recurrida.
Contra esta sentencia entabla recurso extraordinario la parte actora (fs. 66/69) » que le es concedido a fs. 74. Sostiene que la obra, tal como se ha acreditado en autos, fue levantada en terrenos que —- —entonces— eran de propiedad del Estado Nacional, había sido contratada por el Ente Autárquicó EAM 78 y fue declarada de interés
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:404
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