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Fallos: 308:2605 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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JUAN PEDRO KONIGSBUCH - ELVIRA ESTER CAMPESINI

DESBARATAMIENTO DE DERECHOS ACORDADOS.
La figura del art. 173, inc. 11, del Código Penal se consuma con el acto que torna incierto o litigioso el derecho adquirido (1).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Lugar del delito.

Es competente para conocer de la presunta comisión del delito de desbaratamiento de derechos acordados, el juez del lugar donde se suscribió Ja escritura de constitución de una hipoteca conteniendo la prohibición de enajenar o comprometer en venta el inmueble, respecto del cual se había suscripto un boleto de compraventa.

EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación.

Es competente la justicia provincial para conocer en el robo de un aparato telefónico de propiedad de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones instalado en el domicilio de un abonado al servicio, toda vez que éste era tenedor precario del bien y responsable por su pérdida o destrucción, cualquiera que sea la causa que la origine, por lo que la falta de un perjuicio para las rentas de la Nación excluye la competencia de la justicia federal (2).

NIDY REGINA SCHIAVONI DE MEYDAC JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.

Cuestiones penales. Principios generales. .

Si más allá de la calificación que ha de corresponder en definitiva a los hechos investigados, los jueces provincial y federal coincidieron 1) 19 de diciembre. " .

(2) 19 de diciembre. - .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2605 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-2605

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