Considerando:
1) Que estas actuaciones se iniciaron con el objeto de determinar las circunstancias en que se logró la autorización de transferencia de un automóvil de origen extranjero —marca Porsche, modelo 911 SC, año 1978—, en violación al régimen de franquicia diplomática según el cual había sido previamente introducido a plaza, hecho que podría constituir el delito de contrabando.
2) Que el rodado al que se refiere la causa fue embarcado en el puerto de Hamburgo el 27 de noviembre de 1977, consignado al entonces embajador de Costa Rica en Buenos Aires, don Fernando Vargas Fernández (confr. conocimiento de embarque a fs. 25 del expte. N° 5788 que tramitó por ante el Juzgado en lo Penal Económico N° 6, agregado por cuerda). El respectivo conocimiento y la factura fueron transferidos a doña Ana Stella Calvo de De Posada £s. 28/29), que en su carácter de secretaria administrativa de la Embajada de Panamá lo introdujo a plaza el 8 de enero de 1979 de conformidad con la franquicia del art. 22, inc. f), del decreto Ne 25/70 ((confr. fs. 33, del citado expediente). De la documenta ción agregada a la causa surge que la introducción a plaza fue solicitada por la nombrada, junto con su embajador, el mismo día en que éste la acreditó ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de .la Nación, el 27 de diciembre de 1978 (confr.
fs. 134 de la presente causa, y fs. 24 de las actuaciones citadas anteriormente). .
3°) Que a raíz de que el Gobierno de Panamá designó a Ana Stella Calvo de De Posada como agregado a la embajada de su país en la República Argentina (confr. copia del decreto del 26 de enero de 1979 que luce a fs. 71), el entonces encargado de ne gocios, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que se tomara nota del nuevo nombramiento con fecha 1 de marzo de 1979 (fs. 117) y pidió la "nacionalización" del rodado que había introducido a nombre de la citada funcionaria, por nota EPAR 95/79 del 6 de marzo del mismo año. En esa nota verbal se expresa como fecha del cese en las funciones el 1? de marzo (confr.
fs. 115).
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2379
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